Uso de redes sociales durante el mundial debe negociarse con patronos

Las redes sociales serán sin duda un canal de información y comunicación para obtener todos los detalles de los partidos del Mundial de fútbol Rusia 2018, sin embargo, los colaboradores deben tener en cuenta que el uso de las redes sociales o páginas web durante la jornada laboral puede ser restringido por las empresas con el fin de asegurarse que el trabajo y la productividad no se vean perjudicados.

Lupita Quintero, especialista en derecho Laboral de Nassar Abogados, explicó que durante la jornada laboral el empleado debe estar concentrado en sus labores diarias: “debe estar atento y cumpliendo de manera diligente con las funciones encomendadas por su patrono. El hecho de ocupar tiempo de sus labores para seguir los partidos de futbol en redes sociales o incluso, ver los partidos mediante alguna red social o página web, podría considerarse como abandono de labores, que constituye una falta laboral y puede traer aparejada una sanción disciplinaria. Lo anterior de conformidad con los artículos 71, 72 y 81 del Código de Trabajo”.

Es así que los patronos podrían prohibir el uso de las redes sociales y de las mismas páginas web en las empresas con el fin de garantizar el buen funcionamiento de la organización. Lo que sí es posible y no tiene ningún tipo de restricción es que los colaboradores pueden consultar esas redes o páginas web durante sus tiempos libres como lo es el tiempo de almuerzo.

 “Queda a criterio del patrono si facilita o flexibiliza algunos espacios, tiempos o condiciones, para que sus empleados puedan de alguna manera disfrutar de algunos eventos del mundial. La experiencia nos ha dicho que es recomendable, en la medida que sea posible, facilitar a los empleados algunas zonas comunes como el comedor o salas de esparcimiento para que puedan disfrutar de los partidos de la selección nacional o de algún otro partido, siempre en su tiempo libre”, indicó.

Los empleados deben tener en claro que en caso de incumplimiento de las directrices y políticas de la empresa, así como de las obligaciones del contrato de trabajo, podrán ser sancionados  y hasta despidos sin responsabilidad patronal, dependiendo del tipo de falta, la gravedad y los perjuicios que genere.